Criterios y requisitos para la aplicabilidad del Anexo I del Decreto IMMEX
El día de hoy, 13 de enero de 2025, se da a conocer un boletín informativo dirigido a las empresas que cuentan con el Programa IMMEX, donde se expresa lo siguiente:
Se exceptúa la prohibición de importación temporal de mercancías del capítulos 61, 62, 63 entre otros bajo el programa IMMEX para empresas RECE siempre y cuando se cumplan los requisitos expresados a continuación:
Contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, y no estar sujeto a un proceso de suspensión o cancelación.
Otorgar a la autoridad el acceso en línea a su Sistema Automatizado de Control de Inventarios (Anexo 24, Apartado C) mediante un escrito libre con el usuario y contraseña para que la autoridad acceda junto con el material necesario para acceder.
Sólo se podrán llevar a cabo nuevas operaciones de Comercio Exterior clasificadas en las fracciones arancelarias que hayan importado en el último año calendario.
Presentar una Carta de Petición ante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio exterior (presencial o mediante correo electrónico), con los requisitos establecidos en el presente documento.
Los presentes criterios y requisitos tendrán una vigencia de 6 meses contados a partir de su publicación en SNICE.
Link:
https://wetransfer.com/downloads/26d9092db0e10974f16bec05adb71f4520250113220139/093df9?t_exp=1737064899&t_lsid=685aba88-62b7-4dd2-bb7b-