Criterios y requisitos para la aplicabilidad del Anexo I del Decreto IMMEX

El día de hoy, 13 de enero de 2025, se da a conocer un boletín informativo dirigido a las empresas que cuentan con el Programa IMMEX, donde se expresa lo siguiente:

Se exceptúa la prohibición de importación temporal de mercancías del capítulos 61, 62, 63 entre otros bajo el programa IMMEX para empresas RECE siempre y cuando se cumplan los requisitos expresados a continuación:

  • Contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, y no estar sujeto a un proceso de suspensión o cancelación.

  • Otorgar a la autoridad el acceso en línea a su Sistema Automatizado de Control de Inventarios (Anexo 24, Apartado C) mediante un escrito libre con el usuario y contraseña para que la autoridad acceda junto con el material necesario para acceder.

  • Sólo se podrán llevar a cabo nuevas operaciones de Comercio Exterior clasificadas en las fracciones arancelarias que hayan importado en el último año calendario.

  • Presentar una Carta de Petición ante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio exterior (presencial o mediante correo electrónico), con los requisitos establecidos en el presente documento.

  •  Los presentes criterios y requisitos tendrán una vigencia de 6 meses contados a partir de su publicación en SNICE.

Link:

https://wetransfer.com/downloads/26d9092db0e10974f16bec05adb71f4520250113220139/093df9?t_exp=1737064899&t_lsid=685aba88-62b7-4dd2-bb7b-

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